Este es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana Así es como puedes saberlo

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es la DGCINE?

La Dirección General de Cine (DGCINE) es una institución descentralizada del Estado Dominicano, con personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Cultura. La DGCINE fue creada a raíz de la promulgación de la Ley núm. 108-10 para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana, con la finalidad de promover e incentivar el desarrollo de una industria nacional del cine, administrar los incentivos fiscales creados por la ley y posicionar el país como destino de locaciones para producciones extranjeras.

  1. ¿Qué es la Cinemateca Dominicana?

La Cinemateca Dominicana es una dependencia de la Dirección General de Cine (DGCINE) creada para rescatar, conservar y exhibir joyas del cine clásico y contemporáneo, películas consideradas patrimonio cinematográfico de la nación y del mundo. Además, se encarga de recopilar y brindar acceso a recursos de la información especializada en el séptimo arte, para fomentar su estudio e investigación.

  1. ¿Qué es el Concurso Público FONPROCINE?

El Concurso Público FONPROCINE establecido en el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 108-10 es uno de los destinos de apoyo del Fondo de Promoción Cinematográfica (FONPROCINE). El Concurso dedica sus fondos en apoyar la escritura de guion, desarrollo, producción y posproducción de proyectos cinematográficos dominicanos.

  1. ¿Cuáles servicios ofrece la Dirección General de Cine (DGCINE) al usuario?

La DGCINE ofrece certificaciones y registros de agentes cinematográficos, acorde a la Ley núm. 108-10.

Puedes solicitarlos a través de nuestra Ventanilla Virtual SEDE CINE.

  1. ¿Dónde puedo consultar las estadísticas de la industria cinematográfica dominicana?

Puede consultar las estadísticas a través de este LINK.

  1. ¿Dónde puedo encontrar las convocatorias para capacitaciones ofrecidas por la DGCINE?

Puede encontrar las convocatorias para capacitaciones y cursos disponibles accediendo a nuestra página web DGCINE y en nuestras redes sociales:

  • Instagram y Twitter: @dgcinerd
  • Facebook: Dirección general de cine de la República Dominicana
  1. ¿Dónde puedo encontrar la programación de la Cinemateca Dominicana?

Puede encontrar la programación accediendo a nuestra página web Cinemateca Dominicana y en nuestras redes sociales:

  • Instagram y Twitter: @cinematecadomrd
  • Facebook: Cinemateca Dominicana
  1. ¿Dónde se encuentra la Cinemateca Dominicana?

Está ubicada en la Plaza de la Cultura, calle Pedro Henríquez Ureña, segunda puerta.

  1. ¿Cuál es el horario de la Cinemateca Dominicana?

Oficinas administrativas: 9:00 a.m. a 5:00p.m.

Proyecciones de ciclos y muestras: consultar la cartelera en nuestra página web Cinemateca Dominicana y redes sociales.

  1. ¿Cuándo se lanza la convocatoria del Concurso Público FONPROCINE?

El Concurso Público FONPROCINE lanza su convocatoria anualmente. Las fechas son publicadas oportunamente en nuestros portales digitales.

  1. ¿Quiénes pueden participar en el Concurso Público FONPROCINE?

Toda persona física y jurídica dominicana (dependiendo la categoría) que se encuentre al día con sus obligaciones tributarias y debido registro ante el SIRECINE.

  1. ¿Por qué solo pueden participar Personas Jurídicas en las categorías de producción?

Esto se debe a factores propios de la naturaleza de producción. La persona jurídica provee mayor transparencia al momento de la ejecución de fondos y proporciona más formalidad al proyecto. Esto es una condición establecida a nivel internacional en las industrias cinematográficas.

  1. ¿La entrega de la candidatura es anónima?

Dentro de los requisitos de participación se encuentra la filmografía del productor y/o director cinematográfico, lo cual es esencial para la evaluación del proyecto. Por ende, los proyectos no pueden ser presentados bajo anonimato.

  1. ¿Están los proyectos participantes exentos del registro del guion en la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA)?

El registro de los guiones es obligatorio, pues es un requisito establecido por la Ley núm. 108-10. Este requisito es de suma importancia, ya que asegura la protección de los Derechos de Autor del guionista.

  1. ¿El Concurso Público FONPROCINE apoya la escritura de guion?

El Concurso Público FONPROCINE, a través de la División de Capacitación y Formación, provee laboratorios especializados para el desarrollo de guiones. Este programa es oportunamente comunicado en nuestras plataformas digitales.

  1. ¿Cómo se determinan las categorías de apoyo del Concurso Público FONPROCINE?

Las categorías de apoyo se determinan dependiendo de la participación de ediciones anteriores y tomando en cuenta las realidades y necesidades de nuestra industria cinematográfica local. Es por ello que anualmente las categorías de apoyo suelen variar.

  1. ¿Cuándo se conocen los miembros del Comité de Selección?

Los miembros del Comité de Selección son formalmente presentados al momento de publicar los ganadores del Concurso Público FONPROCINE. Esto contribuye a la objetividad y discreción necesaria durante el proceso de evaluación.

  1. ¿Cuáles son las razones por las cuales una candidatura puede resultar no admitida?

La pre-evaluación y la evaluación del Comité de Selección se realizan caso por caso. Entre las razones se encuentran:

  • Inviabilidad financiera.
  • Lenguaje pornográfico.
  • La falta de entrega de documentos.
  • Manipulación fraudulenta de documentos.
  • Sustentación creativa deficiente del proyecto.
  • El incumplimiento de subsanar comentarios y observaciones.
  1. ¿Cuándo son realizados los desembolsos de los premios?

Los desembolsos son realizados basados en la programación financiera trimestral de la Dirección General de Cine (DGCINE) y en el cumplimiento por parte de los participantes de registros y obligaciones. Este proceso puede durar hasta un (1) año.

  1. ¿Qué son las acciones de apoyo al posicionamiento internacional de agentes y proyectos cinematográficos?

Estas acciones designan las modalidades en la que DGCINE ofrece apoyo a los agentes y proyectos cinematográficos para la internacionalización del cine dominicano.

Más información está disponible en el documento Acciones de Apoyo al Posicionamiento Internacional de Agentes y Proyectos Cinematográficos.

  1. ¿Qué modalidades de apoyo existen?
  • Modalidad Concursable: DGCINE lanza convocatorias abiertas para garantizar la participación de agentes y proyectos cinematográficos dominicanos en eventos internacionales. Estas convocatorias son publicadas en las redes sociales de la DGCINE y en la página web en la sección de
  • Modalidad No-Concursable: DGCINE recibe solicitudes formales de agentes cinematográficos que requieran apoyo para su participación en eventos internacionales. Los apoyos serán determinados de acuerdo a la Planificación Estratégica Institucional, Plan Operativo Anual y disponibilidad presupuestaria, en conjunto a la revisión de las solicitudes.
  1. ¿En qué momento puedo aplicar?
  • Para la Modalidad Concursable, las convocatorias serán publicadas en las redes sociales de la DGCINE y en la página web en la sección Cada convocatoria tendrá las especificaciones de las fechas de recepción de las candidaturas.
  • Para la Modalidad No-Concursable, se recibirán las solicitudes durante todo el año con los requisitos especificados en el documento Acciones de Apoyo al Posicionamiento Internacional de Agentes y Proyectos Cinematográficos.
  1. ¿Cuál es el incentivo para las producciones extranjeras?

La República Dominicana ofrece un Crédito Fiscal Transferible (CFT) equivalente al 25% de todos los gastos calificados incurridos en la República Dominicana que están directamente relacionados con la preproducción, producción y postproducción de sus películas. El crédito podrá ser transferido a favor de uno o varios contribuyentes (taxpayers) dominicanos. Las soluciones de monetización por adelantado también están disponibles en el país.

*El crédito fiscal no puede ser transferido por menos del 60% de su valor nominal.

  1. ¿Qué tipo de proyectos son aplicables al Certificado de Crédito Fiscal Transferible (CFT)?

Largometrajes, Documentales, Series y Miniseries de TV, Videos Musicales y Cortometrajes.

  1. ¿Cuál es el proceso de solicitud para el Certificado de Crédito Fiscal Transferible (CFT)?

El proceso comienza con la contratación de una empresa de servicios de producción local o el registro de una empresa en la República Dominicana, ya que los gastos deben ser incurridos por una empresa registrada en la República Dominicana y con una identificación fiscal dominicana. Por lo tanto, los productores extranjeros pueden: 1. Contratar los servicios de una productora local que esté registrada en la DGCINE (no dude en solicitar una lista de empresas registradas) que ejecutará los gastos y solicitará el CFT en nombre de la productora extranjera, o 2. Registrar una empresa en la Cámara de Comercio Dominicana, obtener una identificación fiscal dominicana y registrarla DGCINE. Una vez ejecutados los gastos en RD, se radica en la DGCINE un informe de auditoría y la documentación de respaldo para la aplicación del CFT y posteriormente aprobado por la Junta Intersectorial Cinematográfica (CIPAC) y emitido por la Hacienda Pública Dominicana.

  1. ¿Existe un gasto mínimo que califique?

Sí, US$ 500.000.

  1. ¿Qué sucede si mi proyecto no alcanza el gasto mínimo?

El solicitante puede acumular múltiples proyectos para alcanzar el gasto mínimo de calificación.

*Los proyectos deben ser producidos por la misma entidad durante el mismo período fiscal.

  1. ¿Qué puede considerarse un gasto bueno y válido?

Todos los gastos incurridos en la preproducción, producción y postproducción de un proyecto, luego de recibir un Permiso Único de Rodaje (PUR). La lista de gastos elegibles es bastante amplia y se puede verificar AQUÍ. Asimismo, al menos el 25% del crew debe ser de nacionalidad dominicana.

*La Dirección General de Cine tiene la capacidad de ajustar este porcentaje según lo considere necesario.

  1. ¿El elenco y el personal técnico/creativo extranjero es elegible para el incentivo?

Sí.

  1. ¿Cuánto tiempo se tarda en obtener un Permiso Único de Rodaje (PUR)?

La DGCINE responderá a la solicitud del productor dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la solicitud de PUR y la presentación de la documentación requerida.

  1. ¿Cuál es la vigencia del Permiso Único de Rodaje (PUR)?

El PUR se emitirá por el período de tiempo de completar la producción o 2 años como máximo, a solicitud del productor.

  1. ¿Se necesita algún otro tipo de permiso para rodar?

Para poder tener acceso a filmar en espacios públicos, como edificios gubernamentales, carreteras y áreas de estacionamiento, se requerirá de la aprobación por parte de las autoridades locales competentes. DGCINE procesará dichas aprobaciones con las autoridades correspondientes.

  1. ¿Qué pasa con los gastos previos al Permiso de Rodaje (PUR)?

Los gastos relacionados con el desarrollo y la preproducción incurridos antes de recibir un PUR serán admitidos si los montos exactos están incluidos en el presupuesto que se presentó con la solicitud del PUR.

*Los gastos deben ejecutarse de acuerdo con el presupuesto aprobado.

  1. ¿Se admiten sobrecostos?

Los cambios a cualquier detalle creativo o financiero en una producción deben ser aprobados previamente por la DGCINE. Se admitirán sobrecostos siempre que se cuente con la debida autorización.

  1. ¿Califican los pagos a empresas prestadoras de servicios extranjeras?

Los pagos a empresas prestadoras de servicios extranjeras califican como gastos válidos para la aplicación de los incentivos, dado que es el canal utilizado para contratar servicios de un actor. Sin embargo, la empresa prestadora estará sujeta a un requisito de retención del gobierno del 27% ya que el pago se realiza por servicios prestados de una persona que trabaja en la República Dominicana.

*La productora obtendrá un 25% de crédito fiscal sobre el monto bruto pagado a la empresa de préstamo.

  1. ¿Hay algún gasto excluido?

Se excluyen los gastos relacionados con la distribución y comercialización de la película, así como los costos financieros y los costos relacionados con la fianza de finalización y las pólizas de seguro, a menos que estos se adquieran a través de una empresa con domicilio principal en la República Dominicana.

  1. ¿Hay un límite por proyecto?

No.

  1. ¿Hay un límite en todo el programa de incentivos de CFT?

De acuerdo con el Art.4 de la Ley núm. 82-13, el tope total de los créditos fiscales es igual al 10% de la recaudación total del impuesto a la renta del año anterior. Como referencia, en el 2021 el impuesto a la renta total recaudado fue de RD$607,446,400,000, lo que rondaría los USD$11,249,007,407.4. Lo que significa que el tope para este año sería de USD$1,124,900,740.74. El gasto extranjero para 2021 (nuestro más alto hasta ahora, y probablemente el mismo para 2022) es de alrededor de USD$250,000,000.00. Como puede ver a partir de estos números, es realmente difícil y casi imposible alcanzar el límite.

  1. ¿Qué es la retención a extranjeros?

La tasa de retención a extranjeros es de 1.5% a los pagos realizados al elenco y al crew extranjero que venga a la República Dominicana.

  1. ¿Se requiere el registro de todo el elenco y el personal técnico y creativo extranjero que esté destinado a los gastos de calificación?

Sí. El proceso de registro en la DGCINE es en línea, rápido y sencillo, con la ayuda de productoras locales.

  1. ¿El elenco y el personal técnico y creativo extranjero perderán sus derechos sindicales porque se les paga a través de una empresa de República Dominicana?

No. Las empresas de RD solo funcionan como agente pagador, el contrato de trabajo seguirá siendo con el productor extranjero.

  1. ¿Se requiere una auditoría?

Sí. En la DGCINE nos complace brindarle una lista de proveedores que han trabajado con producciones que han presentado solicitudes bajo el CFT.

  1. ¿Se requiere crédito de pantalla?

Sí, se debe incluir el Sello Cinematográfico Nacional aprobado (logotipo) como mínimo en los créditos finales.

  1. ¿Pueden los productores traer su propio equipo?

La mayoría del equipo de filmación necesario puede obtenerse localmente con la ayuda de compañías de producción local. En la República Dominicana encontrará: cámaras Alexa, lentes Ultra Prime, anamórficos, HMI Arrimax, grúas Techno, etc. Sin embargo, es posible que sea necesario importar equipos especiales como control de movimiento, brazos de persecución y soportes para helicópteros, gimbals y equipo SFX.

El PUR permite a los productores ingresar temporalmente, sin pagar los impuestos regulares de importación, los equipos por un período de 6 meses que puede prorrogarse siempre que los artículos se exporten o se devuelvan al final de la producción. La DGCINE tramitará el permiso de importación temporal ante las autoridades aduaneras.

  1. ¿Cuándo puedo solicitar el crédito fiscal?

El crédito podrá solicitarse, respecto de presupuestos parcial o totalmente ejecutados, siempre que los gastos al momento de la solicitud sean iguales o superiores a USD$500,000.00

*Los gastos incurridos en la República Dominicana deben ser auditados por un Contador Público Autorizado (CPA)

  1. ¿Qué es una auditoría de CPA?

Es una inspección financiera oficial realizada por un Contador Público Certificado (CPA) como una autoridad externa que valida la información financiera, asegurando que se sigan todos los estándares contables aplicables.

  1. ¿Se puede rechazar mi solicitud de Certificado de Crédito Fiscal Transferible?

La DGCINE notificará al productor solicitante si surgen objeciones con respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos. Si el productor no responde a estas objeciones y vuelve a presentar la documentación pertinente dentro de los próximos 30 días, el comité de aprobación de la DGCINE rechazará la solicitud de CCFT.

  1. ¿El PUR garantiza el crédito fiscal?

Un PUR permitirá que un productor solicite los incentivos, pero no garantiza automáticamente que obtendrá el crédito fiscal transferible. Los cambios en los detalles financieros del proyecto pueden afectar el cumplimiento de los requisitos de la solicitud por parte del productor y pueden dar lugar a su rechazo, a menos que la modificación haya sido previamente aprobada por la DGCINE.

  1. ¿Qué sucede si mi solicitud de Certificado de Crédito Fiscal Transferible es rechazada?

El productor puede apelar solicitando al comité de aprobación de la DGCINE que reconsidere esta decisión. Para ello, deberá realizarse una nueva auditoría en la que se revisarán exclusivamente las objeciones específicas del comité.

  1. ¿Por cuánto tiempo es válido el Certificado de Crédito Fiscal Transferible?

El certificado es válido por 4 períodos fiscales. El certificado podrá ser transferido en cualquier momento durante los períodos de validez.

  1. ¿Cuáles son los costos asociados a la obtención del incentivo?
  • Una auditoría, que va desde USD$10,000.00 a USD$25,000.00, dependiendo del tamaño del proyecto.
  • Comisión por Gestión de Crédito Fiscal, que va desde USD$10,000.00 hasta USD$20,000.00.
  • Registro de cada miembro del crew y elenco extranjero en SIRECINE (base de datos de la DGCINE), que tiene un costo de USD$20 por cada miembro del crew y elenco, y USD$40 para el director y los productores.
  1. ¿Cuánto tiempo se tarda en vender los créditos fiscales?

El tiempo, desde el final de la auditoría de producción hasta la venta de los créditos fiscales, oscila entre 10 y 14 meses.

  1. ¿Hay IVA en la RD?

Sí, se llama ITBIS.

  1. ¿A qué es aplicable?

Es aplicable a toda la mano de obra y gastos locales, excepto a los proveedores registrados como proveedores exclusivos de cine (Servicios de Estudio y Casas de Alquiler de Equipos de Cine).

  1. ¿El ITBIS es reembolsable?

No, debe ser considerado como parte de los costos. Pero es un costo elegible para el Crédito Fiscal.

  1. ¿Existen exenciones?

La Ley de Cine de RD contempla que los proveedores registrados dominicanos elegibles pueden facturar sin el IVA del 18% (ITBIS).

  1. ¿Cuál es la moneda local y el tipo de cambio con respecto al USD?

Peso dominicano, actualmente a 54 por dólar estadounidense.

  1. ¿Cuántos proyectos se hacen al año en RD?

En 2021, se filmaron 44 proyectos locales y alrededor de 40 proyectos extranjeros. También se filmaron 30 proyectos extranjeros cortos (comerciales, videos musicales).

  1. ¿Qué empresas extranjeras han rodado en RD?

En los últimos 5 años, MGM, Disney, Netflix, NBC Universal, Heyday Films, Annapurna, Turner, See-Saw Films, Revolution Studios, Paramount, MJZ y muchos otros.

  1. ¿Tienen instalaciones de postproducción?

Sí. Pulpo Post, Aurora Color Post, Chipotle Chillon Films & Post, Colorshot, La Nave Post Lab, Lone Coconut Studio, Sonoro Post House.

  1. ¿Tienen personal de construcción para la construcción de sets?

Sí. Los productores locales cuentan con el personal necesario para la construcción de sets en RD.

  1. ¿El personal técnico/creativo tendría que pagar algún otro impuesto?

No, solo el 18% ITBIS/IVA.

  1. ¿Cómo el crew extranjero contrata crew local?

Con la ayuda de productoras locales.

  1. ¿Existen sindicatos en RD?

No.

  1. ¿Dónde se encuentra la mayoría del personal técnico y creativo dominicano disponible?

Santo Domingo, la ciudad capital.

  1. ¿Hay crew bilingüe disponible?

Sí.

  1. ¿Qué diversidad étnica existe en el elenco de RD?

La población de la República Dominicana es predominantemente de etnia africana y europea mixta, y hay pequeñas minorías de blancos y negros. Además, un pequeño porcentaje de asiáticos, árabes y otras etnias.

  1. ¿Se necesita visa para trabajar en RD?

Dependiendo de la nacionalidad. Si viene de EE. UU., Reino Unido, Europa, Canadá, México, todo lo que necesita es una visa de visitante que incluirá la tarifa de su aerolínea y podrá permanecer durante 30 días. Cualquier tiempo adicional se adquirirá comprando la visa extendida a la salida del país. Por ejemplo, 60 días adicionales cuestan USD$50.

  1. ¿Qué aerolíneas vuelan a RD?

Las aerolíneas más utilizadas a República Dominicana son American Airlines, Delta Airlines, JetBlue, Spirit, Copa Airlines, United Airlines, Iberia, AeroMexico, British Airways, Air Canadá, West Jet, Air France.

  1. ¿Hay vuelos directos desde Los Ángeles?

No actualmente. Tienes que volar vía Miami, NYC, Atlanta, Ciudad de México o Ciudad de Panamá.

  1. ¿De dónde son los vuelos directos?

Las principales ciudades son Miami, NYC, Atlanta, Londres, Madrid, Milán, París, Frankfurt y Ciudad de México.

  1. ¿Cómo se gestionan las estancias en hoteles?

Las productoras locales organizan las reservas de hotel.

  1. ¿Infraestructura del país?

La República Dominicana es el destino turístico más popular del Caribe y recibe más de 6 millones de visitantes cada año. Por tanto, la industria hotelera está muy desarrollada, con más de 75,000 plazas hoteleras repartidas por la isla. Hay más de 30 hoteles cinco estrellas, carreteras entre las principales ciudades, 8 aeropuertos internacionales, centros comerciales y comida de todo el mundo.

  1. ¿Cómo es el transporte público y vehículos autónomos en RD?

Conducir en la República Dominicana es rápido y se recomienda no utilizar vehículos autónomos, también conocidos como robóticos. El transporte público es limitado.

  1. ¿Hay alguna vacuna requerida y/o recomendada para ingresar a la República Dominicana?

No se requieren ni recomiendan vacunas para ingresar a la RD.

  1. ¿Cómo es el clima en RD?

Junio es el mes más cálido con una temperatura promedio de 28◦C (82◦F). Enero es el mes más frío con una temperatura promedio de 25◦C (77◦F).

  1. ¿Cuándo es la temporada de huracanes?

Oficialmente de junio a noviembre.

  1. ¿Cuándo es el mejor momento para rodar en RD?

Las películas se hacen durante todo el año. El mejor clima es de noviembre a marzo.

  1. ¿Necesito un seguro contra huracanes para filmar en RD?

No.

  1. ¿Cuál es el proceso de aprobación para la obtención del Registro Fiscal de Agentes y Proveedores Cinematográficos?

Toda solicitud de inscripción ante este registro será presentada ante la Dirección General de Cine (DGCINE), la cual remitirá la información correspondiente a ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para fines de aprobación. Esta última evaluará el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del solicitante y la clasificación de los bienes y servicios ofrecidos. Dec. No. 370-11 Art. 48

El oficio de aprobación o rechazo de la solicitud será remitido a la DGCINE en un plazo no mayor de 15 días, contados a partir de la recepción de la solicitud. En caso de aprobación el oficio indicará expresamente los bienes y servicios que el proveedor estará autorizado a facturar sin ITBIS, en comprobantes de regímenes especiales, los cuales serán incluidos expresamente en el Registro junto a las generales del solicitante. De ser rechazado, el oficio indicará las objeciones al cumplimiento de obligaciones fiscales o al listado de bienes y servicios. El solicitante tendrá un plazo de 45 días para corregir o subsanar las objeciones presentadas y dar continuidad a la solicitud, de lo contrario la inscripción será rechazada de forma definitiva.

  1. ¿Cuál es la vigencia del Registro Fiscal de Agentes y Proveedores Cinematográficos?

Las inscripciones en el Registro Fiscal de Agentes y Proveedores Cinematográficos tienen una vigencia de 1 año, renovable por periodos iguales mediante solicitud de renovación de inscripción.

  1. ¿Cuál es el plazo de respuesta estipulado para la solicitud simultánea del Certificado Provisional de Nacionalidad Dominicana (CPND) y el Permiso Único de Rodaje (PUR)?

Cuando la documentación requerida haya sido debidamente completada, la Dirección General de Cine (DGCINE) procederá a verificar la validez de la misma conforme a las condiciones establecidas por la ley para las películas dominicanas de largometraje. En caso de aprobación, la DGCINE otorgará el PUR de forma simultánea con el CPND en un plazo no mayor de 15 días. En caso de rechazo de este último la DGINE sólo otorgará el PUR solicitado.

  1. ¿Qué pasa si la solicitud del Certificado Provisional de Nacionalidad Dominicana (CPND) es rechazada?

En caso de que la obra no cumpla con los requisitos establecidos por la ley para ser considerada como una película dominicana de largometraje, la misma podrá beneficiarse de un crédito fiscal transferible equivalente al 25% de todos los gastos realizados en la República Dominicana. Dicho crédito podrá ser usado en su declaración jurada anual de Impuestos Sobre la Renta (ISR) o ser Transferido a favor de uno o varios contribuyentes dominicanos para los mismos fines.

  1. ¿Cuál es la vigencia del Certificado Provisional de Nacionalidad Dominicana (CPND)?

El Certificado Provisional tendrá una validez de un año a partir de la fecha de su otorgamiento, con posibilidad de renovación por un año más, previa solicitud por escrita del productor.

  1. ¿Cuál es la vigencia del Permiso Único de Rodaje (PUR)?

El PUR se emitirá por el tiempo de realización de la obra o por un plazo máximo de dos años, a petición del productor.

  1. ¿En qué momento puede el inversionista efectuar la inversión?

Para fines de aplicar al estimulo tributario a la inversión en la cinematografía nacional, el inversionista no debe desembolsar la inversión hasta constatar que la obra en la que va a invertir cuenta con el Certificado Provisional de Nacionalidad Dominicana (CPND) emitido por la DGCINE.

  1. ¿Los pagos a compañías extranjeras califican?

Los pagos a empresas prestadoras de servicios extranjeras califican como gastos válidos para la aplicación a los incentivos, dado que es el medio utilizado para contratar los servicios de los actores. Sin embargo, los pagos a empresas y a personas extranjeras están sujetos a una retención de 1.5%, ya que los pagos realizados se harán bajo concepto de servicios prestados en la República Dominicana.

  1. ¿Puede el inversionista realizar pagos directos a proveedores?

Los pagos directos a proveedores no califican para fines de validación. La inversión debe de hacerse en dinero, por un monto igual o menor al presupuesto aprobado por DGCINE para el largometraje dominicano en cuestión y ha de estar destinada exclusivamente a la ejecución del presupuesto aprobado según conste en el CPND. La misma debe hacerse a nombre de la entidad titular a la que fue otorgado el Certificado Provisional.

  1. ¿Necesito algún otro tipo de permiso?

Para poder tener acceso a filmar en espacios públicos, como edificios gubernamentales, carreteras y áreas de estacionamiento, se requerirá de la aprobación por parte de las autoridades locales competentes. DGCINE procesará dichas aprobaciones con las autoridades correspondientes.

  1. ¿Cuándo puedo solicitar la validación de los gastos?

Una vez sean ejecutados los gastos se puede proceder con la solicitud de la validación, sin necesidad de que se haya pasado a la siguiente etapa de producción. Los gastos incurridos deberán ser auditados por un Contador Publico Autorizado (CPA)

  1. ¿Cuál es el proceso para la validación de los gastos?

El productor deberá presentar todos los soportes y recibos auditados por el CPA ante la Dirección General de Cine (DGCINE) quien evaluará la solicitud de validación de gastos y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley núm. 108-10 y su reglamento de aplicación y remitirá sus recomendaciones, en un plazo no mayor a 10 días desde la recepción del expediente completo, al Consejo Intersectorial para la Promoción de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana (CIPAC). Dentro de los próximos 30 días el CIPAC emitirá un resolución en la que se referirá expresamente a la verificación de cada uno de los requisitos respecto a la obra,

el productor, el inversionista y la inversión.

La resolución de validación de inversión deberá ser notificada a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) al menos 15 días antes de la presentación de la declaración jurada de impuesto sobre la renta del inversionista, correspondiente al año fiscal en el cual se realizó la inversión.

  1. ¿Qué pasa si es rechazada la validación de los gastos?

Si la resolución resultase denegatoria, el solicitante podrá requerir la reconsideración de dicha decisión, para lo cual deberá realizar una nueva auditoría en la que se verifiquen exclusivamente los puntos en los cuales el CIPAC haya presentado objeción.

  1. ¿Qué sucede si se identifica un saldo a favor por anticipos al final de año?

Si al final del año fiscal, en el cual se realizó la inversión, el inversionista resultará con un saldo a favor por efecto del pago de anticipos sobre Impuesto Sobre la Renta, el monto del incentivo validado en la resolución podrá compensarse con el impuesto a los Activos. Si luego de dicha compensación persistiera aún alguna fracción del incentivo validado a favor del inversionista, la diferencia entre el monto del incentivo validado y el incentivo efectivamente compensado generará un crédito a favor del inversionista que será compensable con los anticipos generados en la declaración del Impuesto Sobre la Renta donde se realizó la inversión.

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