Cuando la documentación requerida haya sido debidamente completada, la Dirección General de Cine (DGCINE) procederá a verificar la validez de la misma, conforme a las condiciones establecidas por la Ley para las películas dominicanas de largometraje. En caso de aprobación, la DGCINE otorgará el PUR de forma simultánea con el CPND en un plazo no mayor de 15 días. En caso de rechazo de este último, la DGINE sólo otorgará el PUR solicitado. Dec. No. 370-11 Art. 104 Párrafo I y Art. 105