El productor deberá presentar todos los soportes y recibos auditados por el CPA ante la (DGCINE) quien evaluará la solicitud de validación de gastos y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley No. 108-10 y su Reglamento de Aplicación Dec. 370-11 y remitirá sus recomendaciones, en un plazo no mayor a 10 días desde la recepción del expediente completo, al Consejo Intersectorial para la Promoción de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana (CIPAC). Dentro de los próximos 30 días el CIPAC emitirá un resolución en la que se referirá expresamente a la verificación de cada uno de los requisitos respecto a la obra, el productor, el inversionista y la inversión. Dec. No. 370-11 Art. 139 La resolución de validación de inversión deberá ser notificada a la Dirección General de Impuestos (DGII) al menos 15 días antes de la presentación de la Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta del inversionista, correspondiente al año fiscal en el cual se realizó la inversión. Dec. No. 370-11 Art. 141