Con el propósito de mejorar la eficiencia en los procesos establecidos para la validación de inversión de proyectos cinematográficos y audiovisuales, acogidos al incentivo establecido en el artículo 34 de la Ley núm. 108-10, el Consejo Intersectorial para la Promoción de la Actividad Cinematográfica (CIPAC) presenta las fechas límites de depósito de expedientes de validación de inversión.
Fecha de cierre fiscal | Día límite para depósito de expediente en DGCINE |
31 de diciembre | Último día del mes de febrero |
31 de marzo | Último día del mes de mayo |
30 de junio | Último día del mes de agosto |
30 de septiembre | Último día del mes de noviembre |
Esta disposición tendrá efectividad a partir del 1 de julio de 2022. En caso de que las fechas indicadas coincidan con días no laborables, el depósito del expediente se prorrogará al próximo día hábil.
Cualquier pregunta puede escribir al correo electrónico legal@dgcine.gob.do.
Preguntas frecuentes
¿Se puede depositar luego de las fechas establecidas?
Sí.
¿Existe penalidad en caso de depósito fuera de las fechas establecidas?
Sí. Se establece una penalidad de cien mil pesos dominicanos (DOP 100,000.00).
¿A qué se debe el establecimiento de fechas límites para depósito de validación?
Con el propósito de garantizar la eficacia y eficiencia del proceso de validación de inversión. Esto evitará la acumulación de expedientes y respuestas fuera de plazo y así garantizar la emisión del crédito en tiempo oportuno.
¿Qué se tomó en cuenta para el establecimiento de las fechas límites de depósito en la DGCINE?
Las 4 fechas de cierres fiscales anual establecidas por la DGII.